SEÑORES DEL PODER JUDICIAL, SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA (Que esta en campaña contra la corrupción), SEÑOR FISCAL DE LA NACION, AL DISTINGUIDO COLEGIO DE ABOGADOS, A TODA LA SOCIEDAD PERUANA:
Sin
ningún soporte, ni fundamento jurídico, violando la Constitución (Art.139.- inc. 2 “La independencia en el ejercicio de la función
jurisdiccional. - Ninguna autoridad puede avocarse a causas
pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el
ejercicio de sus funciones. Tampoco puede dejar sin efecto resoluciones
que han pasado en autoridad de cosa juzgada, ni cortar procedimientos en
trámite, ni modificar sentencias ni retardar su ejecución. Estas disposiciones
no afectan el derecho de gracia ni la facultad de investigación del Congreso,
cuyo ejercicio no debe, sin embargo, interferir en el procedimiento
jurisdiccional ni surte efecto jurisdiccional alguno.”) y contraviniendo lo dispuesto por el Artículo 1154 del Código de Procedimientos Civiles, vigente, el mismo que prohíbe al
juez ejecutor admitir recurso alguno que entorpezca la ejecución de la
sentencia, bajo pena de nulidad y responsabilidad y haciendo tabla raza al
estado de derecho en el Perú, una juez de nombre Silvia, concede “apelación
en un solo efecto”(haga clic para ver la Resolucion S/N .)en un proceso civil expropiación concluido, llevado
a cabo entre el Estado y Pesquera Mar SAC., que no existe proceso contencioso administrativo
alguno que el proceso fue expropiatorio y culmino en el año 1992 con el
abandono y caducidad de expropiación y que el juzgado contencioso lo tiene en
calidad de custodia y no como proceso, DE QUE APELACIÓN ESTAMOS HABLANDO ESTO ES PREVARICADO Y
CORRUPCIÓN, Violando el
principio de cosa juzgada y el debido proceso.
Al igual que efectuarón el año
2002 la mafia pretende utilizar sus viejas mañas, sin importar los medios. Este
mismo “modus operandi” fue desarticulado con la acción de amparo que
interpuso Pesquera Mar SAC. Hoy la
SNP pretende entorpecer la ejecución de sentencia, utilizando rezagos de
corruptos en el Poder Judicial, Ya la Corte Superior de Justicia de Lima –
Segunda Sala Civil, en el Exp. 5495-2005 del 25 de mayo del 2012, la Dra.
Martinez Maravi indico que la pretensión de la SOCIEDAD NACIONAL DE PESQUERIA – SNP, de inmiscuirse en el Proceso de Amparo que se
encuentra concluido, ordenada
por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema
de Justicia de la República, es un
IMPOSIBLE JURIDICO.
QUE PRETENDE LA SOCIEDAD NACIONAL DE
PESQUERIA – SNP , YA PERDIO LA CORDURA, ESTA DESESPERADA Y APELA A TODOS SUS CONOCIDOS
MEDIOS PARA ENTORPECER LA JUSTICIA, QUIEN DEFIENDE AL ESTADO DE DERECHO EN EL PERU.
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