martes, 26 de junio de 2012

BOCHORNOSO, INCOMPETENTE Y CORRUPTO PROCEDER DE LOS HNOS. SAAVEDRA MONTERO Y ASESORES DE PESQUERA MAR SAC. SOLICITANDO SE DE CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCION DIRECTORAL 108-2012-PRODUCE/DGEPP.

Los hnos. Saavedra Montero y asesores de Pesquera Mar Sac. Solicitaron con el código procesal civil actual, se dé cumplimiento a la resolución judicial de fecha 29 de diciembre del 2011, como se puede apreciar con los escritos que adjuntamos, la incapacidad profesional de estos asesores así como la honorabilidad de los hnos. Saavedra Montero quienes a toda costa, contraviniendo a la ejecutoria suprema pretenden legalizar la RD.108-2012-Produce/DGEPP, emitida por PRODUCE, bajo el lineamiento que han cumplido con su segundo considerando de esta resolución.

Srs. Saavedra Montero, tal vez su ignorancia en el derecho o quizás la corrupción los ha nublado y cubierto con su manto, que ustedes y sus asesores pretenden dar validez a una resolución que es nula de pleno derecho y sin validez legal, por no haber cumplido con la Ejecutoria Suprema de la Sala Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema, la que declara nula y sin efecto legal, las resoluciones judiciales del 20 de octubre del 2003 y la del 10 de julio del 2003 y por ende todas las resoluciones administrativas ligadas a estas, tampoco tienen validez legal alguna – entonces Uds. Y sus asesores, así como la juez suplente del Primer Juzgado Contencioso Administrativo no ha efectuado una solicitud conforme a lo señalado por la ejecutoria suprema de la Sala Constitucional, Tal es así que ella estaría aceptando indirectamente esta resolución RD.108-2012-Produce/DGEPP, como válida, siendo esta nula de pleno derecho por haber puestos en sus considerando las resoluciones judiciales que han sido declaradas nulas y sin efecto legal alguno. Que poderosa influencia puede torcer la ejecutoria suprema y todavía por una juez suplente del Juzgado Contencioso Administrativo, por ignorantes supuestos propietarios y torpes novatos asesores (nuevos peñitas) que aplican el código procesal civil actual, cuando este es un proceso expropiatorio que culmino con el código de procedimientos civiles. Si les falta conocimiento legal, acudan a los expertos en “mutis mutantis” prestigioso estudio de abogados, expertos en torcer el derecho o lean la ejecutoria suprema.






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